DERECHO DE SEGUROS
¿LE HAN NEGADO EL PAGO DE UN SEGURO?
El Derecho de Seguros está inmerso en el tráfico diario, al momento de relacionarnos, contratar, sacar un crédito ante un Banco, entre otras; respecto a los Seguros de Vida su siniestro y cumplimiento se generan con el fallecimiento o incapacidad total y permanente del asegurado, lo que implica que se pueda pretender el pago de la respectiva póliza.
Es muy común que las compañías de seguros nieguen el pago de un seguro de vida cuando ocurre el siniestro por RETICENCIA del asegurado al momento de la suscripción de la póliza, lo que en otras palabras es omitir información o ser inexacto en ella o porque en su sentir el siniestro no se ajusta a los términos contratados.
Aunque existe una negativa inicial de la compañía de seguros en el pago de la póliza, en muchos casos dicha objeción carece de efectos jurídicos o es infundada y se puede pretender judicialmente el cumplimiento del contrato de seguros.